domingo, 20 de septiembre de 2026

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Terapia ocupacional: Misiones debate quién la controla

El reclamo de un colegio de terapia ocupacional volvió a la agenda en Misiones. Qué propone el proyecto y por qué no equivale a empezar de cero.

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Ilustración en linograbado de una mesa con utensilios adaptados y una silla en un consultorio de terapia ocupacional en Misiones
Ilustración editorial generada con inteligencia artificial.

El reclamo de un colegio de terapia ocupacional en Misiones volvió a la agenda con una advertencia sobre prestaciones ofrecidas por personas sin título. En una entrevista difundida el sábado por Primera Edición, Beatriz Solano, presidenta de la filial misionera de la Asociación Argentina de Terapistas Ocupacionales, señaló que reciben reportes especialmente del interior y que la asociación carece de facultades para intervenir como un colegio profesional.

La advertencia debe leerse con un límite: la cobertura no aporta expedientes ni resoluciones que permitan comprobar casos particulares. Es el señalamiento de una referente del sector, no una constatación judicial ni una acusación contra prestadores identificados.

El proyecto D-67843/25, de José Luis Pastori y otros diputados, figura como presentado en el registro de la Cámara de Representantes. La novedad es la exposición pública del reclamo; no una ley recién aprobada ni la apertura de una matrícula nueva.

Qué cambiaría para pacientes e instituciones

El texto provincial propone que el futuro colegio administre la matrícula, habilite consultorios, establezca reglas éticas y fiscalice el ejercicio profesional. También prevé una obligación concreta para establecimientos públicos y privados: exigir una certificación oficial de que la matrícula de los profesionales existe y está vigente.

Ese punto amplía la discusión más allá de la organización del sector. El control propuesto también recaería sobre las instituciones que contratan prestaciones, en lugar de depender solamente de lo que una familia pueda averiguar por su cuenta.

Misiones Online había informado, en su cobertura del reclamo del 10 de septiembre, que la matriculación se realiza actualmente a través del Colegio de Médicos. Por eso, la falta de un colegio propio no debe confundirse con la inexistencia de un trámite de habilitación.

La ley nacional no crea el colegio provincial

La Ley 27.051 establece un marco general que exige formación habilitante e inscripción del título. Deja el control de la matrícula a la autoridad que designe cada jurisdicción y supedita su aplicación territorial a la adhesión o adecuación normativa correspondiente.

La lectura conjunta permite precisar el cambio buscado: dar a una institución específica de terapia ocupacional las facultades de control previstas en el proyecto misionero. La regulación nacional y la creación del colegio provincial son pasos distintos.

La documentación consultada no confirma una fecha de sanción. Hasta que exista una norma aprobada y su implementación, las atribuciones del futuro colegio siguen siendo una propuesta; tampoco prueban, por sí solas, que los reportes de ejercicio irregular hayan sido investigados o resueltos.

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